15. La Abadesa y su extraña jurisdicción: objeto y plan del trabajo

Con todo, sin embargo, la merecida celebridad de Las Huelgas y el glorioso recuerdo de su apogeo, estriba en haber sido teatro durante varios siglos del ejercicio por una mujer de una potestad eclesiástica, con exactitud calificada de cuasi episcopal, suceso extraordinario que da ocasión para estudiar, a la vista de hechos históricos indudables, una interesantísima cuestión jurídico-canónica que llevó a los autores a establecer una doctrina merecedora de particular atención, por sus variados matices y por su trascendencia para perfilar conceptos que pudieran parecer afines, cuando no idénticos, si se olvida la realidad de la vida jurídica que, con la fecundidad inagotable de sus supuestos, impone aquella matización conceptual en el estudio de las instituciones.

A este último aspecto se concreta el objeto del presente trabajo, encaminado a examinar la extraña jurisdicción de la Abadesa, partiendo del dato real que nos brinda la historia y haciendo uso de la doctrina de los canonistas que se ocuparon del tema en aquellos tiempos en que el hecho venía produciéndose.

Nuestra preocupación fundamental nos llevará, sin embargo, a referencias y digresiones que estimamos necesarias, para proyectar sobre nuestro problema las luces de campos colindantes. Así, tras examinar a la vista de los documentos que se conservan en el Real Monasterio79, el hecho de la jurisdicción canónica de la Abadesa y, con menor extensión, su potestad en el orden civil y criminal, que no puede olvidarse cuando se quiere explicar aquélla, estudiaremos el problema doctrinal de la jurisdicción eclesiástica de las mujeres, refiriéndonos, en capítulo aparte, a otros casos históricos semejantes a Las Huelgas, para señalar sus afinidades y diferencias; y por último investigaremos el título de la jurisdicción cuasi episcopal de nuestra Abadesa, punto el más importante y necesitado de estudio del tema que nos ocupa.

Notas
79

Quede constancia de nuestro agradecimiento por las facilidades que nos dio para la labor de investigación en el Real Monasterio de Las Huelgas, al venerable señor ArZobispo de Burgos, Excmo. Señor Don Manuel Castro Alonso. Y también, de una manera especial, a la Ilustrísima Sra. Abadesa, Doña Esperanza de Mallagaray, que personalmente, con las RR. MM. Teresa y Margarita, Secretaria y Subpriora, respectivamente, nos facilitaron todas las pesquisas en el archivo.