3. Potestad de la Abadesa sobre el Sacristán Mayor y Capellanes del Hospital

Correspondía también a la Señora Abadesa el nombramiento de los siete capellanes del Hospital del Rey y del Sacristán Mayor9, todos ellos subordinados a su autoridad10. Son los hechos los que hablan con tal elocuencia que nos relevan de todo comentario. Bastará referir el incidente ocurrido, a principios del siglo XVIII, a propósito de la inobediencia de uno de los capellanes, según aparece en la siguiente requisitoria de la Abadesa de Las Huelgas:

«A V. S. I. M. los Señores Arzobispos, Obispos, a sus venerables y discretos Provisores y Vicarios Generales, sus tenientes, ansi de la Ciudad de Toledo, Villa y Corte de Madrid, como de todas las demás ciudades, Villas y lugares destos reinos y Señoríos ante que estas nuestras letras fueren presentadas y de lo en ellas contenido, pedido entero cumplimiento y justicia, salud en nuestro Señor Jesucristo:

Hacemos saber: que habiendo llegado a nuestra noticia que D. Juan Martínez de la Iseca, Capellán de nuestro Hospital del Rey, se había ausentado del servicio de su capellanía y pasado á la Villa y Corte de Madrid, a seguir y solicitar un pleito no perteneciente al Cabildo de Capellanes del, ni a su Capellanía ni patrimonio, sino a personas extrañas seculares sin haber para ello obtenido nuestra licencia, antes bien contraviniendo expresamente á nuestro mandato, por el que le habíamos negado nuestra licencia y mandado no saliese y residiese su Capellanía, y que en menosprecio del, y faltando a la obediencia debida, había ejecutado dicha ausencia y partido á la solicitud del mencionado pleito, dimos auto en 30 de Agosto de 1727, así por lo mencionado como por otras justas causas que tuvimos, para que se presentase y compareciese ante nos dentro de seis días, pena de cincuenta ducados y con apercibimiento que procederíamos, en caso de contumacia, á lo demás que obiese lugar en Derecho, y á otras penas; y por no haber encontrado su persona se hizo saber a sus criados y vecinos más cercanos dejando copia del, para que llegase a su noticia y después se puso edicto en los Compases deste Real Monasterio y del mencionado Hospital, en 9 de septiembre del dicho año, y con el término de seis días, y habiéndose pasado se fijó segundo en 16 del dicho mes, con el mismo término, y pasado en 23 del dicho mes Don Manuel de Aedo presentó poder del mencionado D. Juan Martínez, y pidió se levantasen los procedimientos y se le oyese por Procurador, á quien dimos auto que compareciese y se presentase como le estaba mandado, y habiendo insistido en lo mesmo que tenía pedido en 27 del mesmo, Nos dimos otro para que compareciese como le estaba mandado, el que confirmamos por otro de 13 de Octubre del dicho año, y viendo su inobediencia y menosprecio a nuestros mandatos dimos uno del tenor siguiente:

Auto. Vistos estos autos por V. S. Ilma. Doña María Magdalena de Villarroel Cabeza de Vaca, en su Contador bajo a doce días del mes de Febrero de 1728, dijo que atento a la inobediencia y contumacia de Don Juan Martínez de la Iseca, de los preceptos y decretos por que se le ha mandado comparecer, debía de mandar y mandó quel referido sea preso y puesto en la Torre destos Compases y que para el efecto se libren los despachos y requisitos necesarios a su costa, y por este auto que su Señoría Ilma. firmó así lo decretó y mandó, que doy fe.—Doña María Magdalena de Villarroel Cabeza de Vaca, Abadesa.— Ante mí: Antonio Tomé González, notario.

Y, conforme a lo contenido en dicho auto suso inserto, mandamos librar las presentes poi las cuales de parte de nuestra Santa Madre Iglesia y de la justicia que en su nombre administramos exhortamos a V. S. I. M. y de la nuestra pedimos y suplicamos que siendo presentados, cada uno en sus jurisdicciones se servirán aceptar y aceptado mandar prender al referido Don Juan Martínez de la Iseca, y con la custodia necesaria remitirle a la Torre destos Reales Compases, como también entregar originalmente junto con estas nuestras letras las diligencias, que en su virtud se hicieren á la persona que los presentase, sin le pedir poder ni otro recaudo alguno, quien pagará los derechos que justamente se deban, que en lo así V. S. I. M. mandar hacer y cumplir administrarán justicia, y nos haremos al tanto siempre que la suya veamos ella mediante. Dadas en el Contador bajo deste dicho Real Monasterio de las Huelgas a catorce días del mes de Febrero de 1728 años. María Magdalena de Villarroel Cabeza de Vaca.— Por mandato de V. S. I. la Abadesa, José de Castellanos, Asesor Secretario.»

En cumplimiento de la anterior requisitoria, el Vicario General de Madrid ordenaba, nueve días más tarde, que fuera puesto en la Cárcel el inobediente Capellán, a disposición de la Abadesa de Las Huelgas. Tras nuevas incidencias procesales11, la Nunciatura falló la causa reconociendo el derecho y jurisdicción de la Abadesa para conocer de ella en primera instancia, añadiendo que al tribunal de la Nunciatura correspondía el conocimiento en grado de apelación de cualquier sentencia o auto que contuviera gravamen irreparable12.

Notas
9

Pueden verse títulos de provisión de las Capellanías de las dos Reales Casas en A. R. M., leg. 21, núm. 831, fols. 27 a 30. En la lámina XII publicamos un edicto de la Abadesa anunciando la provisión de Capellanías.

AlfonSo XI reconoció en diciembre de 1339 la exención de moneda forera a favor de los ocho capellaneS del Hospital: «Nos, por facer bien e merced al dicho nuestro ospital et por que los capellanes e clérigos que y siruen e cantan por las almas de los reyes onde nos uenimos sean más tenidos de rogar a Dios por la nuestra salut, tenemos por bien que aya el dicho nuestro ospital ocho Capellanes e clérigos escusados de pechar monedas de los que cantaren e siruieren en la dicha eglesia e Capilla de los romeros e moraren en el dicho nuestro ospital» (A. H. R., legajo 1, at. 80, núm. 1).

10

Vid. supra, cap. IV, nota 30.

11

A. R. M., leg. 37, núm. 1.852.

12

En cumplimiento de lo ordenado por la Señora Abadesa, el Capellán del Hospital del Rey ingresaba en la cárcel de Las Huelgas el 25 de septiembre de 1728.