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El Decreto Apostolicam actuositatem, n. 5, ha afirmado claramente que es misión de toda la Iglesia la animación cristiana del orden temporal. Compete, pues, a todos: a la jerarquía, al clero, a los religiosos y a los laicos. ¿Podría decirnos cómo ve el papel y las modalidades de cada uno de esos sectores eclesiales en esa única y común misión?.
En realidad, la respuesta se encuentra en los mismos textos conciliares. A la Jerarquía corresponde señalar como parte de su Magisterio los principios doctrinales que han de presidir e iluminar la realización de esa tarea apostólica (Cfr. Const. Lumen gentium, n. 28; Const. Gaudium et spes, n. 43; Decr. Apostolicam actuositatem, n. 24.
A los laicos, que trabajan inmersos en todas las circunstancias y estructuras propias de la vida secular, corresponde de forma específica la tarea, inmediata y directa, de ordenar esas realidades temporales a la luz de los principios doctrinales enunciados por el Magisterio; pero actuando, al mismo tiempo, con la necesaria autonomía personal frente a las decisiones concretas que hayan de tomar en su vida social, familiar, política, cultural, etc. (Cfr. Const. Lumen gentium, n. 31; Const. Gaudium et spes, n. 43; Decr. Apostolicam actuositatem, n. 7.
En cuanto a los religiosos, que se apartan de esas realidades y actividades seculares abrazando un estado de vida peculiar, su misión es dar un testimonio escatológico público, que ayude a recordar a los demás fieles del Pueblo de Dios que no tienen en esta tierra domicilio permanente (Cfr. Const. Lumen gentium, n. 44; Decr. Perfectae caritatis, n.5). Y no puede olvidarse tampoco el servicio que suponen también para la animación cristiana del orden temporal las numerosas obras de beneficencia, de caridad y asistencia social que tantos religiosos y religiosas realizan con abnegado espíritu de sacrificio.
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