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¿Cuáles son, a su juicio, las funciones que competen a las asociaciones o sindicatos de estudiantes? ¿Cómo deben plantearse sus relaciones con las autoridades académicas?

Me estáis pidiendo un juicio sobre una cuestión muy amplia. No voy, por eso, a descender a detalles: sólo algunas ideas generales. Pienso que las asociaciones de estudiantes deben intervenir en las tareas específicamente universitarias. Ha de haber unos representantes —elegidos libremente por sus compañeros— que se relacionen con las autoridades académicas, conscientes de que tienen que trabajar al unísono, en una tarea común: aquí hay otra buena ocasión de hacer un verdadero servicio.

Es necesario un estatuto que regule el modo de que esta tarea se realice con eficacia, con justicia y de un modo racional: los asuntos han de venir bien trabajados, bien pensados; si las soluciones que se proponen están bien estudiadas, nacidas del deseo de construir y no del afán de crear oposiciones, adquieren una autoridad interna que hace que se impongan solas.

Para todo esto, es preciso que los representantes de las asociaciones tengan una formación seria: que amen primero la libertad de los demás, y su propia libertad con la consiguiente responsabilidad; que no deseen el lucimiento personal ni se arroguen facultades que no tienen, sino que busquen el bien de la Universidad, que es el bien de sus compañeros de estudio. Y que los electores escojan a sus representantes por esas cualidades, y no por razones ajenas a la eficacia de su Alma Mater: sólo así la Universidad será hogar de paz, remanso de serena y noble inquietud, que facilite el estudio y la formación de todos.

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