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Aunque pocos, es necesario que haya siempre algunos miembros de la Obra en esos centros, porque no podemos dejar de tener el control de la dirección –espiritual, pedagógica y económica– de esas labores, de modo estable y garantizado. Si no fuera así, carecerían de eficacia apostólica y perderían, para nosotros, su razón de ser: porque el Opus Dei, corporativamente, no desarrolla ninguna actividad que no sea eminentemente apostólica.

Esa necesaria autonomía de dirección –exigida por nuestro afán de almas: non quaero gloriam meam28, solo nos mueve la gloria de Dios–, comprenderá tanto lo que se refiere a la formación espiritual y humana que se imparte en el centro, como la disciplina interna y las actividades apostólicas que, desde ese centro, se desarrollen.

Será necesario, por consiguiente, al promover una de estas labores, estudiar detenidamente, de acuerdo con las particularidades del momento, los aspectos legales y técnicos, de modo que se evite la posibilidad de intervenciones extrañas, que mermen la autonomía de dirección o la condicionen.

Por eso, deberán establecerse normas precisas que aseguren también el respeto de la disciplina interna del centro y su labor de formación. No podemos tolerar, por ejemplo, que actividades culturales, artísticas, etc., que surjan alrededor del centro o de algún modo estén vinculadas a él, obstaculicen su buen funcionamiento: como no podemos tolerar en el cerebro o en otro órgano vital un cuerpo extraño –aunque sea un diamante– que entorpezca su función.

Notas

Sobre el “control de la dirección”: ver glosario (N. del E.).

28

Jn 8,50.

Referencias a la Sagrada Escritura
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