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Parte importante –de la tarea que hemos de realizar– es conseguir que, en todos los ambientes de la enseñanza, se ame y se practique la libertad rectamente entendida. La libertad de las familias en primer lugar, para que puedan elegir con rectitud la escuela o los centros que juzguen más convenientes para la educación de sus hijos, ya que la misma naturaleza da a los padres el derecho de educar a sus hijos, imponiéndoles al mismo tiempo el deber de que la educación y la enseñanza de la niñez corresponda y diga bien con el fin para el que el Cielo les dio hijos. A los padres toca, por consiguiente, tratar con todas sus fuerzas de rechazar cualquier atentado en este terreno, y de conseguir a toda costa que quede en sus manos el educar cristianamente, como conviene, a sus hijos21.

La libertad de los centros: para que todos puedan desarrollar su actividad en igualdad de condiciones; para que puedan escoger como deseen el profesorado más apto, según el espíritu de cada institución, en beneficio de una labor más eficaz. La libertad de los maestros y de los profesores: para que puedan ejercer su profesión, con nobleza y competencia, sin injustas presiones de un monopolio de privilegiados; para que puedan estudiar y buscar sinceramente la verdad, sin estar condicionados por motivos de situación económica o social.

Y estrechamente unida a todas estas honestas libertades, la libertad de los alumnos, el derecho a que no se deforme su personalidad y no se anulen sus aptitudes, el derecho a recibir una formación sana, sin que se abuse de su docilidad natural para imponerles opiniones o criterios humanos de parte. Respetuosa actitud que debe ser observada en cualquier manifestación doctrinal a los demás y, con obligación mucho más grave de justicia, en la enseñanza dada a la juventud, porque respecto a esta ningún maestro público o privado tiene derecho educativo absoluto, sino participado, y porque todo joven cristiano tiene estricto derecho a una enseñanza conforme a la doctrina de la Iglesia22.

Finalmente, la libertad estudiantil universitaria: para que puedan reunirse en grupos o asociaciones, en donde pueda madurar su formación humana, cultural y espiritual, que les permita una participación responsable –sin puerilidades y sin ser instrumentos de desorden– en la vida universitaria.

Notas
21

León XIII, enc. Sapientiae christianae, 10 de enero de 1890, en ASS 22 (1889-1890), p. 403.

22

Pío XI, enc. Divini illius Magistri, p. 68.

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