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Pienso, en una palabra, que a la autoridad competente se le deben proporcionar los datos estadísticos que estime oportunos, pero que –por lo menos, en lo que concierne al Opus Dei– me parece peligroso, aun defendiendo –como defenderemos siempre– los derechos de los obispos, que se publiquen las estadísticas nacionales o diocesanas con datos superfluos, o que se conserven estos datos en los archivos de las curias.

Generalmente los Revmos. Ordinarios conocen los nombres de los Superiores religiosos y sus domicilios y, si se trata de religiones clericales, los nombres y los domicilios de los sacerdotes que tengan licencias ministeriales en la diócesis. En el caso de asociaciones de fieles –como es el nuestro– saben los domicilios de la asociación y los nombres de los dirigentes.

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