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No hablo jamás de cuestiones contingentes de política, y os he explicado que lo hago así porque mi misión es exclusivamente espiritual. Pero hay otra razón: y es que nunca los Directores de la Obra pueden imponer un criterio político o profesional −temporal, en una palabra−, a sus hermanos.

En la Iglesia, es sólo la Jerarquía eclesiástica ordinaria la que tiene el derecho y el deber de dar a los católicos orientaciones políticas, de hacerles ver la necesidad −en el caso de que efectivamente juzgue que haya tal necesidad− de adoptar una determinada posición en los problemas de la vida pública.

Y cuando la Jerarquía interviene de esa manera, eso no es de ningún modo clericalismo. Todo católico bien formado debe saber que compete a la misión pastoral de los obispos dar criterio en cosas públicas, cuando el bien de la Iglesia lo requiera; y saben también los católicos bien formados que esa intervención corresponde únicamente, por derecho divino, a los obispos; porque sólo ellos, estando en comunión con el Romano Pontífice, tienen función pública de gobierno en la Iglesia: ya que Spiritus Sanctus posuit episcopos regere Ecclesiam Dei73, el Espíritu Santo puso a los obispos para regir la Iglesia de Dios.

Notas
73

Hch 20,28.

Referencias a la Sagrada Escritura
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